|
| |
| |
•
Es el órgano encargado de la investigación, inventario
y evaluación de los recursos físicos del país;
de ejecutar los estudios de ordenamiento territorial; de realizar
los estudios para la prevención y mitigación de
los efectos provocados por fenómenos naturales peligrosos;
de realizar los estudios meteorológicos y geofísicos;
de regular y efectuar los trabajos cartográficos y geodésicos;
y de normar, regular, operar, actualizar, y ejecutar el catastro
físico nacional.
• Opera el sistema de redes básicas, geodésica,
meteorológica, hidrológica, hidrogeológica,
mareográfica, acelerográfica y sismológica,
así como las redes gravimétricas y geomagnéticas
y en consecuencia, organiza las bases de datos especializadas
con la información generada por estas redes, así
como promover su difusión y aprovechamiento.
• Elabora Dictámenes técnicos sobre
las atribuciones que la Ley le confiere, los que deben ser acatados
por las instituciones y personas, naturales o jurídicas
sean éstas de carácter público o privado,
so pena de que su incumplimiento conlleve consecuencias civiles
y penales que procedan de acuerdo a la legislación vigente.
• Sugiere al Presidente de la República, la
declaración de estado de alerta o de emergencia, según
el caso, ante la eventual incidencia de fenómenos peligrosos.
• Establece y mantiene las redes geodésicas
de estaciones de triangulación, gravimétricas
y geomagnéticas de observación satelital, nivelación
y poligonales sobre el territorio nacional, construyendo monumentos
adecuados en sus vértices, ciudades y sitios importantes,
además el establecimiento y mantenimiento de los vértices,
líneas que definan el trazo de límites municipales
y departamentales y de las fronteras internacionales del país.
• Mantiene el sistema nacional de catastro de la
propiedad, integrado por las bases de datos cartográfica
y alfanumérica catastral, garantizando su regulación,
operación y actualización en lo que corresponda,
velando por el control y seguimiento de la dinámica de
la propiedad urbana y rural del país.
• Realiza la Vigilancia Meteorológica Nacional
de manera permanente, mediante la operación de la red
meteorológica y el intercambio de información
regional y mundial, y por ende elabora y difunde de manera oficial,
notas informativas, avisos y alertas, para contribuir con la
reducción del impacto de los fenómenos meteorológicos
peligrosos que producen desastres naturales.
• Brinda permanentemente información meteorológica
para la operación y seguridad de la navegación
aérea nacional e internacional y otros sectores usuarios,
así como los servicios de pronósticos especializados
para la navegación marítima y la agricultura.
• Caracteriza el comportamiento y dinámica
de los recursos hídricos a nivel nacional, mediante diseño,
construcción, operación y mantenimiento de las
redes básicas, en el territorio nacional.
• Realiza la vigilancia sísmica, volcánica,
geológica y elabora y difunde notas informativas, avisos
y alertas de manera oficial para informar sobre el comportamiento
que tengan los fenómenos geológicos, sísmicos
y volcánicos peligrosos.
• Analiza y caracteriza el territorio nacional, en
función de su problemática, potencialidades y
restricciones, para elaborar estudios de ordenamiento territorial
en el nivel nacional, regional, departamental, municipal y urbano.
• Establece, opera y actualiza, en coordinación
con otros organismos del Estado, el Sistema de Información
Territorial, a fin de consolidar el Sistema de Información
Territorial Nacional.
• Analiza y dictamina a solicitud de los organismos
competentes, la definición de límites territoriales,
nacionales e internacionales, estableciendo físicamente
dicha delimitación. |
|
| |
|